Fue condenado a pagar una multa porque su perro atacó a una llama
Fue condenado a pagar una multa porque su perro atacó a una llama

JUDICIALES


La tarde del 25 de octubre de 2024, un vecino de Saavedra había dejado a una llama atada a un árbol, cuando un perro la atacó y le causó heridas que, por su gravedad, determinaron la necesidad de practicarle una eutanasia.
El propietario del mamífero denunció lo sucedido y en las últimas horas la Sala II de la Cámara Penal confirmó el fallo por el cual el dueño del animal agresor fue condenado al pago de una multa.

Los jueces Guillermo Petersen y Guillermo Emir Rodríguez no hicieron lugar a la apelación del defensor oficial Eduardo Radanyi y ratificaron lo resuelto por la jueza de Paz de Saavedra, María Julieta Martínez, el 16 de octubre de 2025.

Martínez le impuso a Enzo Jesús Saucedo la pena de 130 mil pesos de multa y el pago de 743 pesos correspondientes a gastos administrativos al imputarlo, por la infracción al artículo 46 de la ley 8.031.

La reglamentación considera culpable a quien tenga un animal peligroso o salvaje, duplicándose la pena si la víctima fuera un ser humano.

Esa persona, según establece la reglamentación, será reprimido con multa de entre el 20 y el 60 por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

En su apelación el defensor negó que el perro del imputado tuviera tal condición y que el único hecho acreditado fue el denunciado, sin que se probara un compromiso para la integridad física de alguna persona.

Por esa razón, consideró que la figura legal señalada por la jueza resulta "atípica".

El ataque

Los jueces mencionaron que en la sentencia se describe que el denunciante sostuvo que el día del hecho Saucedo caminaba por el lugar junto a su perro, de color negro, de raza labrador y cruza con pitbull o dogo, que atacó a la llama de su propiedad.

El hombre indicó que el can "anda siempre suelto" y que como atacó a su animal "lo podría haber hecho con alguno de sus hijos, por lo que manifestó temor de que pudiera llegar a ocurrir alguna desgracia".

Un testigo declaró que vio al imputado caminando junto a su mascota "?agregó que no tenía la correa colocada- por la avenida Cecilio López y en dirección a San Martín.

Comentó que cortó camino por las vías y que pudo observar cuando el perro se dirigió hacia un sector cercano a unos silos y atacó a la llama, de color marrón claro, "que estaba atada de una soga hacia una planta".

Peligrosidad

Los camaristas agregaron que la jueza de Paz "valoró el certificado del peritaje sanitario efectuado por el veterinario Alfredo Berardo y la autorización para aplicarle al animal herido la eutanasia, debido a la gravedad de las lesiones".

También "la actitud intempestiva del can, al no haber existido evento alguno anterior (por ejemplo una pelea con el animal que resultó víctima) que `justifique´ el ataque impetrado, y asimismo que su dueño no adoptó los recaudos necesarios para evitarlo (correa, bozal, etc)".

Al analizar estos elementos, los letrados coincidieron en que "resulta debidamente acreditada la peligrosidad" del animal.

Puntualizaron que el análisis del artículo 46 de la ley 8.031 determina que "se trata de un supuesto de responsabilidad derivado del hecho de poseer un animal peligroso".

En ese sentido, los camaristas reiteraron que "la circunstancia de que el can del infractor atacara a otro animal, en la forma que da cuenta la denuncia, corroborada por la prueba testimonial y el certificado médico veterinario antes valorados, resulta suficiente para acreditar la peligrosidad".

Agregaron que para imputar y considerar probada esa situación no resulta necesario que se ataque o hiera a un ser humano.

"En este caso deviene aplicable la figura agravada del último párrafo del artículo citado en el ordenamiento de faltas, que precisamente contempla supuestos de peligro concreto y de lesión (o daño)".

Por todo ello, la Cámara coincidió con lo resuelto por la jueza saavedrense, considerando al propietario del perro como autor contravencionalmente responsable del hecho atribuido y, en consecuenica, le confirmó la multa. (Fuente La Nueva.). 


Publicado por EL DIARIO. Más información sobre el autor y los contenidos en este link


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