El Congreso debate la versión definitiva de la reforma laboral, que incluye cambios clave tras intensas negociaciones con sindicatos, empresas y sectores opositores.
Desde Casa Rosada aseguran que cuentan con el respaldo suficiente para que el proyecto avance hacia la media sanción en el Senado y luego pase a Diputados.
Entre las modificaciones más relevantes destacan:
Aspectos fiscales y de pago
Se eliminó el artículo que buscaba reducir del 30% al 27% las alícuotas del Impuesto a las Ganancias para empresas.
Se mantiene la bancarización de los salarios, descartando el uso de billeteras virtuales.
La derogación de estatutos y regímenes especiales comenzará 180 días después de sancionada la ley.
El aporte solidario a los gremios seguirá vigente durante dos años con un tope del 2%.
No se reducen las cargas patronales de obras sociales; la alícuota seguirá en 6%.
Las empresas continuarán siendo agentes de retención de cuotas sindicales.
Nuevos requisitos y regulaciones
Se agrega la palabra "especialización" para cursos y seminarios cuya documentación de pago debe ser registrada.
Los pagos de gastos de sepelio de familiares deben contar con comprobante.
Se permite pagar sentencias judiciales en cuotas: hasta 6 meses para grandes empresas y 12 meses para MiPyMEs y empleadores individuales.
Contribuciones y servicios esenciales
Se establecen nuevos porcentajes de contribución obligatoria: 1% para grandes empresas y 2,5% para MiPyMEs. Pueden aumentar a 1,5% y 3% si lo dispone el Ejecutivo con aprobación de la Comisión Bicameral.
Se incorporan como servicios esenciales el cuidado de menores y educación en todos sus niveles, transporte de caudales y servicios privados de seguridad.
Desde 2028, los aportes a asociaciones de empleadores y sindicatos serán voluntarios y requerirán consentimiento expreso.
Derechos de los trabajadores
La antigüedad no se computará si un trabajador retorna a la misma empresa después de 3 años de separación laboral.
En caso de incapacidad por accidente o enfermedad ajenos al trabajo: 50% del salario básico durante 3 o 6 meses si fue actividad voluntaria riesgosa; 75% del salario si no fue por acción voluntaria.
Las suspensiones económicas o disciplinarias no afectan este derecho.
Indemnizaciones y créditos laborales
Se redefine la mejor remuneración para calcular indemnizaciones: solo conceptos mensuales, normales y habituales.
La indemnización se establece como única reparación por despido sin causa.
Se implementa un nuevo esquema de actualización de créditos laborales: IPC + 3% anual.
Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para cubrir costos indemnizatorios, aportado por empleadores (1% grandes empresas, 2,5% MiPyMEs), con patrimonio separado e inembargable.
Simplificación y digitalización
La registración laboral ante ARCA es suficiente, sin exigir otros requisitos.
Los libros laborales se conservarán 10 años y podrán digitalizarse con validez legal.
Beneficios, horarios y capacitación
Se redefinen los beneficios sociales no remunerativos (comedor, guardería, reintegros médicos, capacitación).
Se habilitan bancos de horas voluntarios con acuerdo entre empleador y trabajador.
Se permite fraccionar las vacaciones, con un mínimo de 7 días, y ampliar el período a cualquier fecha acordada.
Se refuerza el control del empleador en licencias por enfermedad y junta médica.
Se implementa un Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL) y un Régimen de Incentivo a la Modernización e Inversión (RIMI) para capacitación y mejoras en producción.
Se reducen cargas sociales para facilitar contratación de nuevos empleados.
Convenios y reforma fiscal
Un convenio de empresa provincial prevalece sobre un convenio nacional.
Se anticipa una reforma fiscal integral para reducir cargas tributarias mediante acuerdos entre Nación y provincias.
TN